ADICIONES A LA LEY DEL REGISTRO CIVIL DEL ESTADO PARA QUE SEAN VALIDAS LAS ACTAS Y CONSTANCIAS ELECTRÓNICAS: JPG
* Cuando una institución cierra la puerta a una constancia electrónica, desconoce la autoridad del propio estado de Guerrero, sostuvo.
Con la finalidad de las copias certificadas y constancias electrónicas que expide el registro civil por medios digitales autorizados tengan validez para hacer trámites en distintas dependencias gubernamentales, el diputado Jesús Parra García propuso una iniciativa para adicionar la ley del registro civil del estado.
De entrada, señaló que actualmente, las y los guerrerenses hacen uso de plataformas digitales en las que descargan constancias de portales oficiales para realizar trámites, luego de que la ley 495 reconoce medios electrónicos en el registro civil, así como la ley 679 de gobernanza digital que ya da plena validez a la firma electrónica y a los expedientes electrónicos, además de que el código civil procesal ya admite documentos electrónicos como medio de prueba.
Sin embargo, reprochó el hecho de que, aunque la ley ya los reconoce, en algunos bancos, notarias, escuelas y dependencias siguen tratando a las constancias electrónicas como papeles de segunda.
"Esa contradicción golpea a la gente más sencilla; al campesino que viaja horas por una copia con holograma porque el banco no acepta su constancia electrónica, a la madre que le rechazan el acta digital en la escuela porque no lleva el sello, al adulto mayor al que le dicen en ventanilla que su acta enviada por correo electrónico no vale, pese a estar firmada electrónicamente por la autoridad", señaló.
Parra García propuso adicionar un párrafo al articulo 22, al 37 y al 40 de la ley del registro civil para reforzar expresamente la equivalencia jurídica como documentos públicos de las copias certificadas y constancias electrónicas que expide el registro civil, ya sea en las oficialías o por medios digitales autorizados.
Enseguida recordó que la ley 495 establece que el estado civil se prueba con las constancias del registro civil y la ley 679 obliga a reconocer la fuerza jurídica de los documentos emitidos por medios digitales con firma electrónica o digital válida.
"Cuando una institución cierra la puerta a una constancia electrónica, desconoce la modernización normativa y en los hechos desconoce la autoridad del propio estado de Guerrero", sostuvo.
Dicha iniciativa presentada hoy, homologa la ley del registro civil con ese nuevo paradigma, para que ninguna autoridad, juez, notario o institución bancaria, entre otras; independientemente de su naturaleza jurídica, pueda ampararse en la ambigüedad legal para despreciar un documento electrónico emitido correctamente por el propio Estado.
"Esta iniciativa es un acto de respeto hacia la propia ley, este Congreso tiene la obligación de mandar un mensaje claro, que en Guerrero la ley, el derecho a la identidad y a la seguridad jurídica se garantiza también en el mundo digital, y las actas, copias certificadas y constancias electrónicas del registro civil son documentos públicos, plenos e incuestionables", concluyó.